Derecho Ambiental internacional
DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
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El Derecho Internacional Ambiental (DIA) es una disciplina que involucra
al mundo entero en la protección de un bien común: nuestro ambiente. Área
jurídica creada para proteger conservación del medio ambiente natural en el
planeta; esta rama del Derecho ha comenzado a desempeñar un
importante papel en muchos países, integrando una creciente legión de juristas,
políticos, económicos, diplomáticos y ecologistas con mentalidad o proyección
ambientalista.
La palabra Ambiente es
preferida a Medio Ambiente por entender que el concepto Ambiente es
más amplio y globalizador al incluir al hombre como un ser más en la cadena
trófica. Hablar de Ambiente de nota una visión biocéntrica del mundo,
donde las personas constituyen una especie más en la naturaleza en
contraposición a una visión antropocéntrica, representada en las palabras Medio
Ambiente, que identifica al hombre como centro y lo que lo rodea, el medio en
el cual se desarrolla.
Ambiente, viene de dos palabras del latín: “ambiens” condición o
circunstancia y “entis” que rodea o cerca, significando
"circunstancias o condiciones que rodean a las personas, animales o
cosas".
El Ambiente constituye
uno de los valores protegidos por el orden jurídico internacional y consiste en
un conjunto total de factores relacionados que rodean y forman parte de la
tierra. El estudio y protección del Ambiente encuentran su correlato científico
dentro de las ciencias naturales en la palabra Ecología. Ecología proviene del griego "oikos" casa y "logos" tratado,
tratado de la casa. La palabra ecología es utilizada para estudiar la
estructura y funcionamiento del mundo natural, sintetizándola para el campo del
Derecho Ambiental como "la economía de la naturaleza". Es decir, que a los
objetivos del presente trabajo el concepto Ambiente comprende al de Ecología.
La ecología y los problemas
ambientales han revelado dos fenómenos fundamentales. Por un lado, la
enorme irracionalidad e ineficacia de la mayor parte de las estrategias
productivas y tecnológicas, es decir, la apropiación irracional de la
naturaleza a través de los procesos de producción no sostenibles. Por
otro, el creciente deterioro de los ecosistemas fuente última de toda
producción con la consecuente y paulatina abolición del universo natural, donde
el Hombre como único ser vivo con conciencia de su desaparición ocupa el primer
lugar en la responsabilidad de aquella revelación. Es por ello que el
derecho como fuente de razón y justicia se encuentra comprometido a realizar
los aportes disciplinarios que las otras ciencias le reclaman,
fundamentalmente, porque posee la herramienta de los sistemas jurídicos, a
través de los cuales se puede revertir la situación de deterioro ambiental a
escala internacional.
a continuación les dejo un vídeo:
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